Jorge Macri quiere prohibir el derecho a huelga

30 junio 2026

Jorge Macri quiere prohibir el derecho a huelga
   #Actualidad #Gremiales

Rechazamos y impugnamos en todos sus términos el Decreto N° 230/26 dictado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por considerarlo manifiestamente ilegítimo, nulo de nulidad absoluta e insanable e inconstitucional.

A través de este decreto, el Ejecutivo porteño pretende arrogarse facultades que no le corresponden, usurpando competencias exclusivas del Congreso de la Nación. El Gobierno de la Ciudad carece de competencia constitucional y legal para calificar actividades como “servicios esenciales” o de “importancia trascendental”, así como para fijar unilateralmente porcentajes de prestación mínima durante el ejercicio del derecho de huelga. Estas materias están reservadas a la legislación laboral nacional (artículos 75 inciso 12 y 121 de la Constitución Nacional).


El Decreto N° 230/26 altera arbitrariamente el régimen establecido en el artículo 24 de la Ley Nacional N° 25.877, que prevé un procedimiento específico para cada conflicto colectivo, con participación de las partes y de la autoridad laboral nacional. En su lugar, impone una reglamentación general, abstracta y permanente que modifica el espíritu y alcance de la ley nacional, invadiendo competencias federales.

Asimismo, resulta ilegal la instrucción dada a la Secretaría de Trabajo y Empleo local para intervenir en la determinación de servicios mínimos, ya que la autoridad competente es exclusivamente la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Ninguna norma transfirió esa potestad al Gobierno de la Ciudad.


Este decreto constituye una grave restricción ilegítima, irrazonable y desproporcionada al derecho de huelga, garantizado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios 87 y 98 de la OIT, y el artículo 8.1.d del Protocolo de San Salvador. La doctrina de los órganos de control de la OIT es clara: las limitaciones solo proceden en servicios esenciales en sentido estricto o ante crisis nacionales graves, y deben definirse caso por caso, con participación sindical y respetando los principios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad.


La fijación anticipada y general de mínimos del 75% y 50%, sin analizar cada conflicto concreto, viola los estándares internacionales y nacionales que protegen la libertad sindical.


Por todo lo expuesto, desde ATE Capital intimamos al Gobierno de la Ciudad a dejar sin efecto de manera inmediata el Decreto N° 230/26, absteniéndose de aplicarlo o de tomar cualquier medida basada en sus disposiciones. De no hacerlo, impulsaremos todas las acciones administrativas, judiciales y denuncias internacionales ante la OIT que correspondan, incluyendo la acción declarativa de inconstitucionalidad y nulidad del acto.


ATE Capital defenderá sin claudicaciones el derecho de huelga y la autonomía sindical frente a cualquier intento de restricción arbitraria.